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Cuentas tributables

Además de los planes de jubilación especiales, también le puede convenir incluir cuentas con tributación regular, tales como cuentas de ahorro o cuentas de inversión, en su cartera de jubilación. La desventaja es que deberá impuestos cada año sobre las ganancias de la cuenta y sobre las ganancias de capital, o sobre la utilidad por vender una inversión por más de lo que pagó por ella. Pero también hay ventajas potenciales que pueden contrarrestar el tener que pagar algo de impuestos en el presente:

  • No hay límites en cuanto a la cantidad que puede añadir a las cuentas de inversión tributables cada año

  • No hay límites en cuanto a los tipos de inversión que puede realizar

  • No hay requisitos de retiros de fondos

Pagar impuestos a una tasa menor

Es más, los impuestos sobre la mayoría de dividendos de acciones y la mayoría de las ganancias de capital a largo plazo sobre las inversiones que poseyó por más de un año se calculan a una tasa menor que la tasa impositiva regular, lo cual se aplica a los retiros de fondos de las cuentas con el aplazamiento del pago de impuestos. No debe impuestos sobre el valor creciente de los activos que posee en sus cuentas tributables hasta el momento de venderlos.

Otro punto a considerar es que puede que tenga que pagar menos en cuotas y otros cargos por comprar, vender o mantener inversiones en una cuenta tributable que lo que pagaría en algunas cuentas con el aplazamiento del pago de impuestos diseñadas específicamente para ahorros de jubilación. Además, si necesita utilizar una parte de los ahorros de jubilación tributables para satisfacer una necesidad financiera inmediata, no hay que preocuparse de pagar la penalidad del 10% de impuesto federal.

El resultado final

Un plan de jubilación bien pensado generalmente es aquel que incluye varios vehículos de ahorros, incluyendo los siguientes:

  • Un plan patrocinado por el empleador, si está disponible, tal como 401(k), 457 o 403(b)
  • Cuentas de jubilación individual (IRA, por sus siglas en inglés)
  • Cuentas tributables de ahorro e inversión
  • Programas de pensión del empleador
  • Beneficios del Seguro Social